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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242180
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Cuarta Parte; Pág. 60
DIVORCIO, SEVICIA COMO CAUSAL DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Cuarta Parte; Pág. 60
La sevicia, como causal de divorcio, tanto es la crueldad física, como la moral que predispone al cónyuge ofendido a la abstracción de los derechos correlativos del matrimonio. Por lo tanto, quien invoque esta causal debe detallar y explicar la naturaleza y la modalidad de los malos tratamientos alegados, tanto para que la otra parte pueda defenderse, como para que el Juez esté en aptitud de calificar su gravedad y si en realidad configuran la causal.
Precedentes
Amparo directo 9975/68. Roberto Téllez Girón. 4 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.