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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242189
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Cuarta Parte; Pág. 81
TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO, NULIDAD DE, Y CANCELACION DE INSCRIPCIONES Y REGISTRO. COMPETENCIA (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE DURANGO Y ZACATECAS).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Cuarta Parte; Pág. 81
Si se demanda la nulidad de un testamento público abierto y, a la vez, la cancelación de las inscripciones y registros que se hicieron en favor del demandado, y si de autos consta que dicha demanda se presentó después de haber concluido el juicio sucesorio respectivo, como los artículos 109 y 156, fracción IV, de los Códigos de Procedimientos Civiles de los Estados de Zacatecas y Durango, respectivamente, no prescriben lo mismo en relación con el punto jurisdiccional controvertido, siendo aplicable al caso la fracción IV del artículo 24 del Código Federal de Procedimientos Civiles, según lo prescrito por el artículo 33 de este último código, por tratarse del ejercicio de una acción personal, es Juez competente para conocer del juicio el del domicilio del demandado.
Precedentes
Competencia civil 75/69. Entre los Jueces Tercero del Ramo Civil de Durango, Durango y de Primera Instancia de Fresnillo, Zacatecas. 14 de enero de 1970. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE TESTAMENTO PUBLICO ABIERTO Y CANCELACION DE INSCRIPCIONES Y REGISTRO.".