Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/242233
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242233
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Cuarta Parte; Pág. 13

ACCIONES CONTRARIAS O CONTRADICTORIAS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 25, Cuarta Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo directo 9039/68. Evelia Espino de Luna. 28 de enero de 1971. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López. Quinta Epoca: Tomo CXXVIII, página 394. Amparo directo 5959/55. Isabel Rios Cristiani de Martínez. 4 de junio de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente José Castro Estrada. Nota: En el Tomo CXXVIII, página 394, la tesis aparece bajo el rubro "ACCIONES CONTRARIAS O CONTRADICTORIAS (LEGISLACION DEL ESTADO DE CHIAPAS).".
Registro digital (IUS): 242233