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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242255
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Cuarta Parte; Pág. 13
AGRAVIOS, EL TRIBUNAL DE APELACION NO ESTA OBLIGADO A ANALIZAR EL ESCRITO DE CONTESTACION A LOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Cuarta Parte; Pág. 13
En el Código Federal de Procedimientos Civiles no existe disposición que obligue al tribunal de apelación a analizar el escrito de contestación a los agravios.
Precedentes
Amparo directo 5934/69. Petróleos Mexicanos. 22 de octubre de 1970. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen CXXV, página 11. Amparo directo 2409/66. José Farjat. 13 de noviembre de 1967. Cinco votos. Ponente: José Castro Estrada.