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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242267
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Cuarta Parte; Pág. 73
REGISTROS FISCALES, VALOR PROBATORIO DE LA CERTIFICACION DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 22, Cuarta Parte; Pág. 73
Una certificación de registros fiscales, no demuestra plenamente que son reales y exactos los datos que contienen, ya que por lo general se forman con lo manifestado por los causantes, sin verificación por las autoridades catastrales, en la inmensa mayoría de los casos por imposibilidad de tiempo e insuficiente personal. A lo mas, dichas certificaciones pueden constituir un indicio, que conjuntamente con otros, pueden llegar a formar una seria presunción.
Precedentes
Amparo directo 9141/68. María de la Luz Granados de Durán. 16 de octubre de 1970. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Enrique Martínez Ulloa.