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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242275
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 21, Cuarta Parte; Pág. 23

DEMANDA DE AMPARO, TERMINO PARA LA PRESENTACION DE LA.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 21, Cuarta Parte; Pág. 23

Precedentes

Reclamación 5631/69. José Navarro Elizondo. 9 de septiembre de 1970. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXXVI, página 65. Reclamación directa 698/67. Mercedes Mexia de Tapia. 17 de octubre de 1968. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Registro digital (IUS): 242275