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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242297
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 19, Cuarta Parte; Pág. 41
PAGARES DOMICILIADOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 19, Cuarta Parte; Pág. 41
Aun cuando es cierto que el artículo 174 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, al mencionar los preceptos de la misma ley que son aplicables al pagaré, no cita el artículo 83, es evidente que al no precisar el artículo 173 del mismo cuerpo de leyes, en que consisten los "pagarés domiciliados", debe aplicarse por analogía lo previsto por el mismo ordenamiento para la "letra de cambio domiciliada".
Precedentes
Amparo directo 5034/69. Cira F. viuda de Florencia y otro. 1o. de julio de 1970. Cinco votos. Rafael Rojina Villegas.