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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242299
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 19, Cuarta Parte; Pág. 42
PRUEBA DOCUMENTAL. JUICIOS SUMARIOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 19, Cuarta Parte; Pág. 42
Los documentos que no son base de la acción ofrecidos como prueba en la demanda de los juicios sumarios y admitidos, deben presentarse en la audiencia de pruebas y alegatos, según el artículo 437 del Código de Procedimientos Civiles, o sea, con posterioridad a la demanda respectiva.
Precedentes
Amparo directo 2968/69. José Antonio Yáñez Piedras. 8 de julio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.