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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242307
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Cuarta Parte; Pág. 43

CADUCIDAD EN EL PROCESO. NO TIENE LUGAR CUANDO SE CELEBRA LA AUDIENCIA DE ALEGATOS EN SEGUNDA INSTANCIA (LEGISLACION DEL ESTADO DE MEXICO).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Cuarta Parte; Pág. 43

Precedentes

Amparo directo 1731/69. Gema Padilla de Olua y coagraviada. 15 de junio de 1970. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Registro digital (IUS): 242307