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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242314
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Cuarta Parte; Pág. 81

NULIDAD DE ACTUACIONES.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 18, Cuarta Parte; Pág. 81

Precedentes

Amparo directo 4362/69. Martha Nájera de Mandujano. 29 de junio de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXII, página 81. Amparo directo 6507/63. Emilio Rueda Sucesión. 31 de agosto de 1967. Cinco votos Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Quinta Epoca: Tomo XXXVII, página 2103. Amparo civil en revisión 2938/26. Canals Juan Antonio. 21 de abril de 1933. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 242314