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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242332
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 16, Cuarta Parte; Pág. 26
SUCESIONES. ES JUEZ COMPETENTE EL DEL ULTIMO DOMICILIO DEL AUTOR DE LA HERENCIA (LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE GUERRERO Y MORELOS).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 16, Cuarta Parte; Pág. 26
Aun cuando aparezca del acta del estado civil que determinada persona falleció en lugar distinto al en que tenía su domicilio, si de las demás pruebas aportadas se justifica o acredita cual fue el último domicilio del autor de la herencia, de acuerdo con lo prescrito en los artículos 88, fracción VI y 158, fracción V, de los Códigos de Procedimientos Civiles de los Estados de Morelos y Guerrero, respectivamente, en relación con el artículo 32 del Código Federal de Procedimientos Civiles, es competente para conocer del juicio sucesorio el Juez dentro de cuya jurisdicción haya estado establecido el último domicilio del autor de la sucesión.
Precedentes
Competencia civil 29/63. Entre los Jueces de Primera Instancia de Iguala, Estado de Guerrero y de Primera Instancia del Ramo Civil de Cuernavaca, Estado de Morelos. 22 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.
Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "JUICIO SUCESORIO. JUEZ COMPETENTE EL DEL ULTIMO DOMICILIO DEL AUTOR DE LA HERENCIA.".