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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242337
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Cuarta Parte; Pág. 35

DIVORCIO, PAGO DE ALIMENTOS, INVOCACION DE LA LEY DE OFICIO.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Cuarta Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 2066/68. Oscar Liera Padilla. 2 de marzo de 1970. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen XV, página 37. Amparo directo 2845/57. Raymundo Ceballos. 18 de septiembre de 1958. Cinco votos. Ponente: Alfonso Guzmán Neyra. Nota: En el Volumen XV, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "ALIMENTOS, INVOCACION DE LA LEY, DE OFICIO.". .
Registro digital (IUS): 242337