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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242339
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Cuarta Parte; Pág. 39
PETICION DE HERENCIA, JUICIO DE INVESTIGACION DE LA PATERNIDAD Y DEMOSTRACION DE LA POSESION DE ESTADO DE HIJO NATURAL. PUEDEN VENTILARSE EN UN SOLO JUICIO.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 15, Cuarta Parte; Pág. 39
La actual integración de la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no comparte el criterio sustentado en algunas ocasiones por este Alto Tribunal por mayoría de votos, de que en el juicio de petición de herencia no puedan involucrarse cuestiones relativas a la investigación de la paternidad ni a la demostración de la posesión de estado de hijo natural, y de que por tratarse de acciones diversas deban ser tramitadas en juicios separados en los que primeramente se obtenga en un procedimiento el reconocimiento de la paternidad y después de obtenida ésta, se siga juicio de petición de herencia. Es más ajustado a derecho el que se eviten esos dos juicios sucesivos, y que dentro del de petición de herencia puedan aportarse todo género de pruebas para demostrar la calidad de quien se ostenta como hijo natural y, si se demuestra, se llegue a la conclusión del reconocimiento de la filiación natural de los interesados en el pleito.
Precedentes
Amparo directo 2306/68. Eduardo Téllez Barrera, sucesión. 13 de marzo de 1970. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.