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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242366
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 13, Cuarta Parte; Pág. 39

SOCIEDAD CONYUGAL, NULIDAD DE LA, POR LA DEL MATRIMONIO, CUANDO AMBOS CONTRAYENTES OBRAN DE MALA FE (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 13, Cuarta Parte; Pág. 39

Precedentes

Amparo directo 1697/69. Elisa Sustayta de Esquivel. 26 de enero de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Rafael Rojina Villegas. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Nota: En el Informe de 1970, la tesis aparece bajo el rubro "MATRIMONIO. NULIDAD DEL, CUANDO AMBOS CONTRAYENTES OBRAN DE MALA FE (LEGISLACION DE VERACRUZ).".
Registro digital (IUS): 242366