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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242369
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 11, Cuarta Parte; Pág. 14
ACCION REIVINDICATORIA Y PRESCRIPCION ADQUISITIVA. NO SON COMPATIBLES.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 11, Cuarta Parte; Pág. 14
Es infundado sostener que deben aplicarse a las reglas que rigen para la acción reivindicatoria, las mismas que se aplican a la prescripción adquisitiva, lo que por su naturaleza no puede ser compatible, dado que ambas acciones parten de bases completamente opuestas. Mientras la acción reivindicatoria tiene como fundamento el derecho de propiedad del actor sobre la cosa que se pretende reivindicar, en la prescripción adquisitiva, el derecho de propiedad sobre la cosa que se pone en litigio, es precisamente el que se pretende adquirir por virtud de la posesión que se ha venido ejercitando sobre el inmueble, por el tiempo y bajo las condiciones que marca la ley.
Precedentes
Amparo directo 436/69. Leocadio Ponce. 19 de noviembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.