Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/242395
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242395
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Cuarta Parte; Pág. 79

INTERDICTO DE RETENER LA POSESION.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 10, Cuarta Parte; Pág. 79

Precedentes

Amparo directo 2597/68. Paz Alcántara de Rojas. 2 de octubre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXXV, página 80. Amparo directo 1355/67. Jesús Galido Galarza. 30 de septiembre de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Nota: En el Volumen CXXXV, página 80, la tesis aparece bajo el rubro "INTERDICTO DE RETENER LA POSESION, IMPROCEDENCIA DEL, EN CASO DE INTERPRETACION DE UN CONVENIO.".
Registro digital (IUS): 242395