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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 9, Cuarta Parte; Pág. 35
PETICION DE HERENCIA, PRUEBAS EN EL JUICIO DE.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 9, Cuarta Parte; Pág. 35
Cuando el presunto heredero rinda como pruebas de su derecho en el juicio de petición de herencia, las mismas que aportó en el intestamentario, lo procedente es que en aquel juicio deberán ser apreciadas, tanto esas pruebas, como las rendidas en el de petición de herencia para decidir si el actor probo su acción, debiéndosele reconocer su derecho a la herencia.
Precedentes
Amparo directo 7363/68. Cándida Arana Olmos. 22 de septiembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.