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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242450
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Cuarta Parte; Pág. 22
LETRAS DE CAMBIO GIRADAS A CARGO DE CONDOMINIOS.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 7, Cuarta Parte; Pág. 22
Cuando se giran letras de cambio a cargo de un condominio y firman determinadas personas físicas como aceptantes, tales personas físicas responden en lo personal de su importe de conformidad con lo dispuesto por los artículos 5o., 10, 12, 76 fracción IV, 97, 101 y 154 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, con mayor razón si ello se ajusta a la naturaleza jurídica de la obligación cambiaria, que no sólo exige solvencia en el obligado, sino identidad de su persona, porque concediéndola los tenedores del documento se facilitará su circulación y se contribuirá a la fluidez en las transacciones mercantiles.
Precedentes
Amparo directo 3057/68. Turismo del Pacífico, S.A. 3 de julio de 1969. Cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.