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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242468
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 6, Cuarta Parte; Pág. 73

NULIDAD DE PROCEDIMIENTOS. REMATES.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 6, Cuarta Parte; Pág. 73

Precedentes

Amparo directo 4474/68. Raymundo Zepeda y Esther Zenón de Zepeda. 23 de junio de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ernesto Solís López. Quinta Epoca: Tomo LXXIV, página 2887. Amparo civil directo 501/42. Pérez Ezequiel. 30 de octubre de 1942. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Nota: En el Tomo LXXIV, página 2887, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE PROCEDIMIENTO.".
Registro digital (IUS): 242468