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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242490
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 4, Cuarta Parte; Pág. 57

NOTARIOS PUBLICOS, CASO DE IMPROCEDENCIA DE AMPARO INTERPUESTO POR.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 4, Cuarta Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo directo 8743/67. Miguel Angel Gómez Yáñez. 28 de abril de 1969. Cinco votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas. Quinta Epoca: Tomo XXXI, página 1625. Amparo administrativo en revisión 2435/27. López Guerrero Emilio. 16 de marzo de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto. Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "FUNCIONARIOS PUBLICOS, AMPARO IMPROCEDENTE TRATANDOSE DE.".
Registro digital (IUS): 242490