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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242496
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 4, Cuarta Parte; Pág. 93
TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO. PRUEBA DE LOS ELEMENTOS DE LA ACCION.
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 4, Cuarta Parte; Pág. 93
Conforme al artículo 1194 en relación con el 1367, ambos del código mercantil, corresponde al tercero opositor demostrar esos dos elementos de su acción: a) que él es el propietario de la cosa; y b) que ésta fue embargada por el ejecutante en un litigio al que es ajeno aquél.
Precedentes
Amparo directo 2611/67. Jesús Fernández Perea. 14 de abril de 1969. Cinco votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Amparo directo 8088/65. Juana Espinosa o Juana M. Espinosa. 7 de abril de 1969. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Séptima Epoca, Cuarta Parte:
Volumen 2, página 90. Amparo directo 5400/67. Forrajes y Maquinaria, S.A. 27 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volúmen CXXVII, página 43. Amparo directo 85/65. Jesús Rodríguez González. 31 de enero de 1968. Mayoría de tres votos. Ponente: Ernesto Solís López.
Quinta Epoca:
Tomo CXXIX, página 843. Amparo directo 6703/55. Distribuidora Automotriz de Torreón, S.A. 28 de septiembre de 1956. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: en el Volúmen CXXVII, página 43, la tesis aparece bajo el rubro " TERCERIA MERCANTIL EXCLUYENTE DE DOMINIO. PRUEBA DE LOS ELEMENTOS DE LA ACCION.".