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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242507
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 2, Cuarta Parte; Pág. 23
ALIMENTOS, OBLIGACION DE PROPORCIONARLOS. CUANDO CESA (LEGISLACION DEL ESTADO DE VERACRUZ).
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 2, Cuarta Parte; Pág. 23
En términos del artículo 239 del Código Civil del Estado de Veracruz, el padre no está obligado a seguir sosteniendo a su hijo, cuando ha cumplido con la obligación de proporcionarle un oficio u ocupación que le permita vivir honestamente de su trabajo, sin tener que depender del padre.
Precedentes
Amparo directo 594/68. Rogelio Gómez Martínez. 27 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rafael Rojina Villegas.