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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242527
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Cuarta Parte; Pág. 57

HIJOS ADULTERINOS, RECONOCIMIENTO DE LOS.

[TA]; 7a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen 1, Cuarta Parte; Pág. 57

Precedentes

Amparo directo 9197/67. Angel González Gutiérrez. 29 de enero de 1969. Cinco votos. Ponente: Enrique Martínez Ulloa. Sexta Epoca, Cuarta Parte: Volumen CXXXIV, página 45. Amparo directo 8954/66. Antonio Chávez Ávalos. 2 de agosto de 1968. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela. Volumen XXI, página 97. Amparo directo 7168/57. Amalia Escalona viuda de Romero. 20 de marzo de 1959. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Registro digital (IUS): 242527