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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242534
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 9

ACTUACIONES PENALES O CIVILES, SU VALOR PROBATORIO EN EL PROCEDIMIENTO LABORAL.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 9

Precedentes

Amparo directo 1885/87. Instituto Mexicano del Seguro Social. 30 de septiembre de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Sexta Epoca, Quinta Parte: Volumen CXXIV, página 11. Amparo directo 5388/65. Pablo Rivera Avendaño. 2 de octubre de 1967. Cinco votos. Ponente: Angel Carbajal. Secretario: Santiago Barajas Montes de Oca. Volumen XI, página 23. Amparo directo 4631/56. Leopoldo González Araiza. 7 de mayo de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mario G. Rebolledo F.
Registro digital (IUS): 242534