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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242574
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 45
PRUEBA, CARGA DE LA. SALARIO REMUNERADOR.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 45
Cuando el trabajador, en ausencia de contrato colectivo, reclama el pago del salario remunerador que según él merece por las características cualitativas y cuantitativas de los servicios que presta al patrón, al trabajador le corresponde allegar las probanzas relativas, de conformidad con el artículo 763 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo 6056/86. José Antonio Mier y Terán Moctezuma. 11 de marzo de 1987. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Aureliano Pulido Cervantes.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 75, página 41. Amparo directo 5386/74. José Tranquilino Granados Gutiérrez. 20 de marzo de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Roberto Gómez Argüello.
Nota: En el Volumen 75, página 41 la tesis, aparece bajo el rubro "SALARIO REMUNERADOR. CARGA DE LA PRUEBA.".