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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242576
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 47
RECIBO FINIQUITO, RENUNCIA COMPROBADA POR MEDIO DE.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 47
Si en un recibo finiquito de pago de salarios se asienta que el trabajador ha renunciado a su trabajo, debe estimarse que ese documento, apreciado en su integridad, prueba no solamente el pago de salarios, sino la renuncia misma.
Precedentes
Amparo directo 6565/86. Roberto Morales Martínez. 13 de noviembre de 1987. Cinco votos. Ponente: Angel Suárez Torres. Secretario: Arturo Hernández Torres.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 127-132, página 60. Amparo directo 2747/79. Instituto Mexicano del Seguro Social. 24 de octubre de 1979. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: H. Guillermo Ariza Bracamontes.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XC, página 35. Amparo directo 8039/65. José Padilla Tovar. 22 de agosto de 1966. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Secretario: Roberto Torres H.
Nota: En el Volumen CX, página 35, la tesis aparece bajo el rubro "RENUNCIA, VALIDEZ DE LA.".