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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 54
TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. ABANDONO DE EMPLEO. NO ES NECESARIA ACTA PARA JUSTIFICAR LA FALTA DE PRESTACION DE SERVICIO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 54
Aun cuando no se levante acta de abandono de empleo por un trabajador al servicio del Estado, ello no es obstáculo para que en el transcurso del juicio laboral se demuestre, que el trabajador no prestó los servicios inherentes a su empleo y, con ello, justificar la falta de pago de los salarios correspondientes.
Precedentes
Amparo directo 4241/86. Marcela Morales Dávila. 27 de abril de 1987. Cinco votos. Ponente: Ulises Schmill Ordóñez. Secretario: Víctor Ernesto Maldonado Lara.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen LXXX, página 38. Amparo directo 8028/62. Andrés Vázquez Flores. 13 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: Raúl Castellano. Secretario: Roberto Torres H.