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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242593
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 58
TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL ESTADO. BASE LEGAL PARA DETERMINAR LA NATURALEZA DE SU NOMBRAMIENTO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 58
Cuando el nombramiento ostentado por un trabajador al servicio del Estado no se encuentre dentro de la clasificación contenida en el artículo 5o. de la ley burocrática y el titular demandado se excepcione argumentando que se trata de un empleado de confianza, para estar en condiciones de determinar la naturaleza del empleo, deberá precisarse la disposición legal que creó dicho cargo; de lo contrario, no existirá base jurídica para considerar que el nombramiento en cuestión tiene el carácter alegado por el demandado.
Precedentes
Amparo directo 2525/86. Carlos Humbert Villarreal. 19 de octubre de 1987. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Jorge Fermín Rivera Quintana.