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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242601
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 79

FERROCARRILEROS, JUBILACION DE LOS. TIENEN DERECHO A RECIBIR COMPLETA LA PENSION POR AÑOS DE SERVICIO, AUNQUE GOCEN DE LA PENSION POR INVALIDEZ DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 217-228, Quinta Parte; Pág. 79

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 217-228, página 79. Amparo directo 1855/86. Ferrocarriles Nacionales de México. 26 de noviembre de 1986. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Volúmenes 217-228, página 79. Amparo directo 3414/86. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María Teresa Higuera. Volúmenes 217-228, página 79. Amparo directo 4053/86. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María Teresa Higuera. Volúmenes 217-228, página 79. Amparo directo 4229/86. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María Teresa Higuera. Volúmenes 217-228, página 79. Amparo directo 4297/86. Ferrocarriles Nacionales de México. 12 de enero de 1987. Cinco votos. Ponente: Juan Díaz Romero. Secretaria: María Teresa Higuera.
Registro digital (IUS): 242601