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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242629
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Quinta Parte; Pág. 37
NORMAS PROCESALES DEL TRABAJO. SE RIGEN POR EL PRINCIPIO DE INDISPONIBILIDAD.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 205-216, Quinta Parte; Pág. 37
Las normas del derecho procesal del trabajo, por ser de orden público, siguen el principio de indisponibilidad y por lo mismo son imperativas y no pueden ser sustituidas, modificadas o variarse a voluntad de las partes, puesto que el procedimiento a seguir en el arbitraje está previamente establecido en la ley, precisamente para garantizar la legalidad del mismo.
Precedentes
Amparo directo 1729/85. Sindicato "Heriberto Jara" de Trabajadores de la Industria de Aguas Gaseosas y sus Similares del D.F. 12 de junio de 1986. Cinco votos. Ponente: Felipe López Contreras. Secretario: Rolando Rocha Gallegos.