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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242687
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Quinta Parte; Pág. 45

JUBILACION. CUANDO SE GENERA EL DERECHO PARA OBTENERLA, NO SE PIERDE POR SEPARACION DEL SERVICIO.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Quinta Parte; Pág. 45

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 127-132, página 40. Amparo directo 780/79. Modesto Ramírez Pavón. 27 de agosto de 1979. Cinco votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Jesús Luna Guzmán. Volúmenes 169-174, página 29. Amparo directo 1490/83. Ferrocarriles Nacionales de México. 8 de junio de 1983. Unanimidad de votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Jorge Olivera Toro y Alonso. Volúmenes 181-186, página 27. Amparo directo 6330/83. Gonzalo Escobar Pineda. 11 de enero de 1984. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretaria: María Edith Cervantes Ortiz. Volúmenes 181-186, página 27. Amparo directo 5036/83. Ferrocarriles Nacionales de México. 28 de marzo de 1984. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Volúmenes 199-204, página 27. Amparo directo 7777/83. Ferrocarril del Pacífico, S.A. de C.V. 11 de septiembre de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Rolando Rocha Gallegos. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Quinta Parte, jurisprudencia 128, página 133, bajo el rubro "JUBILACION, ES IMPRESCRIPTIBLE EL DERECHO A LA.".
Registro digital (IUS): 242687