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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242689
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Quinta Parte; Pág. 47
PRUEBA PERICIAL, EFICACIA DE LA, INDEPENDIENTEMENTE DE SU EXTENSION.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 199-204, Quinta Parte; Pág. 47
No es la extensión de los dictámenes periciales lo que determina la eficacia probatoria de los mismos, sino que tal eficacia depende de las consideraciones en que se haya basado el dictaminador para emitir sus conclusiones y que en un momento dado son las que dan lugar a que la Junta en uso de la facultad soberana que tiene para apreciar la prueba pericial que ante ella se rinda, dé el valor probatorio que estime conveniente, según su prudente arbitrio, a los dictámenes presentados por los peritos.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volumen 39, página 31. Amparo directo 5952/71. Silvestre Vázquez Lenn. 8 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz.
Volúmenes 169-174, página 36. Amparo directo 3924/82. Juan Daniel Ramos Ramos. 18 de abril de 1983. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: J. Tomás Garrido Muñoz.
Volúmenes 187-192, página 47. Amparo directo 4806/84. María Isabel Fajardo Amador. 9 de noviembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: J. Tomás Garrido Muñoz.
Volúmenes 187-192, página 47. Amparo directo 7200/83. Arturo Trejo y otros. 26 de noviembre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: J. Tomás Garrido Muñoz.
Volúmenes 199-204, página 30. Amparo directo 4749/84. Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 de agosto de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo.