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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242703
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Quinta Parte; Pág. 37
SALARIOS, DESCUENTOS A LOS. LIMITE DE LA CONDENA.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Quinta Parte; Pág. 37
La Junta responsable debe condicionar la condena por los descuentos a un trabajador hasta por el importe de un mes de salarios, de conformidad con lo dispuesto en la fracción I del artículo 110 de la Ley Federal del Trabajo, por lo que el proceder de la responsable de no limitar la condena en tal forma no se justifica.
Precedentes
Amparo directo 10521/84. Ferrocarril del Pacífico, S.A. de C.V. 27 de marzo de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio de Martín del Campo.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 181-186, página 39. Amparo directo 7445/82. Lidia Márquez Sánchez. 1o. de febrero de 1984. Cinco votos. Ponente: Fausta Moreno Flores. Secretaria: María Edith Cervantes Ortiz.