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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242710
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Quinta Parte; Pág. 57
INVESTIGACION PREVIA AL DESPIDO, CUANDO DEBE INICIARSE LA.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 193-198, Quinta Parte; Pág. 57
Si el patrón tiene información de un hecho del que pudiera derivarse una responsabilidad para el trabajador y para cuya certidumbre fuera necesaria una investigación, ésta deberá iniciarse dentro del primer mes que la ley concede para la decisión rescisoria a fin de terminarla con la oportunidad que corresponda.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 145-150, página 35. Amparo directo 4434/80. Comisión Federal de Electricidad. 5 de enero de 1981. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García.
Volúmenes 157-162, página 31. Amparo directo 1132/81. Enrique Rangel Rello y José Inés Fuentes López. 12 de abril de 1982. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretaria: Catalina Pérez Bárcenas.
Volúmenes 187-192, página 40. Amparo directo 1842/84. Ferrocarriles Nacionales de México. 22 de agosto de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretaria: María Soledad Hernández de Mosqueda.
Volúmenes 187-192, página 40. Amparo directo 6623/83. Banco de Crédito Rural del Occidente, S.A. 1o. de octubre de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo.
Volúmenes 193-198, página 23. Amparos directos 3948/84 y 3868/84. Enrique Chávez Alvarado. 7 de enero de 1985. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Aureliano Pulido Cervantes.