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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242751
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Quinta Parte; Pág. 15

DESOBEDIENCIA, DESPIDO JUSTIFICADO POR.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Quinta Parte; Pág. 15

Precedentes

Amparo directo 2666/84. Silvestre Solís Olvera. 11 de junio de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Amparo directo 1540/82. Secretario de Hacienda y Crédito Público. 11 de junio de 1984. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 91-96, página 25. Amparo directo 3978/76. Radiodifusora X.E.O.L.A. de Tampico, Tamaulipas. 20 de octubre de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretaria: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.
Registro digital (IUS): 242751