Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/242752
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242752
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Quinta Parte; Pág. 20

FERROVIARIOS, REMOCION DE LOS, DE UN PUESTO DE CONFIANZA AL DE BASE. IMPLICA SEPARACION PARA EFECTOS DE LA PRESCRIPCION.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 181-186, Quinta Parte; Pág. 20

Precedentes

Amparo Directo 410/83. Antonio Pedroza de la Torre. 7 de mayo de 1984. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 103-108, página 36. Amparo directo 152/77. Andrés González Ugalde. 3 de agosto de 1977. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Miguel Bonilla Solís. Nota: En los Volúmenes 103-108, página 36, la tesis aparece bajo el rubro "FERROCARRILEROS DE CONFIANZA, REMOCION DE LOS, A SU PUESTO DE BASE. IMPLICA SEPARACION PARA EFECTOS DE LA PRESCRIPCION.".
Registro digital (IUS): 242752