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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Quinta Parte; Pág. 28
PETROLEROS. VACANTES DEFINITIVAS. DERECHO PREFERENTE DE LOS TRABAJADORES DE PLANTA SUJETOS A REACOMODO.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Quinta Parte; Pág. 28
La cláusula 4 bis, del contrato colectivo de trabajo petrolero, estipula en su fracción III que para el otorgamiento de los puestos a que la misma se refiere, el sindicato deberá preferir, en primer término, a los trabajadores de planta de aquellos centros de trabajo que por reducción de puestos o supresión de departamentos, están sujetos a reacomodo y, en esas condiciones, si se presenta una vacante definitiva, tiene derechos preferentes para ocuparla un trabajador de planta sujeto a reacomodo en relación con el transitorio.
Precedentes
Amparo directo 1462/82. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 29 de agosto de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario. Rogelio Sánchez Alcauter.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 175-180, página 51. Amparo directo 5250/77. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana. 19 de abril de 1978. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García.
Volumen 54, página 22. Amparo directo 850/73. Víctor Manuel Gallardo Betancourt. 8 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.
Notas:
En el Volumen 54, página 22, la tesis aparece bajo el rubro "PETROLEOS. VACANTES DEFINITIVO. DERECHOS PREFERENTES DE UN TRABAJADOR DE PLANTA DISPONIBLE PARA REACOMODO PARA OCUPAR LAS.".
En los Informes de 1973 y 1983, la tesis aparece bajo el rubro "REACOMODO, TRABAJADORES SUJETOS A.".