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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242804
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Quinta Parte; Pág. 64

SALARIO DIARIO, OMISION DEL TRABAJADOR DE INDICAR EL MONTO DEL.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Quinta Parte; Pág. 64

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 87, página 29. Varios 340/74. Contradicción de tesis entre el Tribunal Colegiado del Noveno Circuito y el Tribunal Colegiado del Quinto Circuito. 10 de marzo de 1976. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Eduardo Aguilar Cota. Volúmenes 145-150, página 55. Amparo directo 4847/80. Instituto Mexicano del Seguro Social. 5 de enero de 1981. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: F. Javier Mijangos Navarro. Volúmenes 163-168, página 39. Amparo directo 1237/82. Felipe López Cuéllar. 23 de agosto de 1982. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Rogelio Sánchez Alcauter. Volúmenes 169-174, página 41. Amparo directo 5597/81. Ingenio Fomento Azucarero del Golfo, S.A. 24 de enero de 1983. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Rogelio Sánchez Alcauter. Volúmenes 175-180, página 37. Amparo directo 7228/82. Ferrocarril Chihuahua al Pacífico, S.A. de C.V. 26 de septiembre de 1983. Cinco votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García.
Registro digital (IUS): 242804