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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242808
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Quinta Parte; Pág. 71

VIOLACIONES COMETIDAS DURANTE LA SECUELA DEL PROCEDIMIENTO, REQUISITO PARA CONCEDER EL AMPARO POR.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 175-180, Quinta Parte; Pág. 71

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 26, página 27. Amparo directo 4179/70. Eustacia Flores viuda de Ibarra. 26 de febrero de 1971. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volúmenes 169-174, página 51. Amparo directo 251/82. Hilario Hernández Fajardo. 4 de abril de 1983. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Volúmenes 169-174, página 51. Amparo directo 732/82. Ferrocarriles Unidos del Sureste, S.A. de C.V. 4 de abril de 1983. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Volúmenes 175-180, página 45. Amparo directo 4413/83. Ferrocarriles Nacionales de México. 10 de noviembre de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Volúmenes 175-180, página 45. Amparo directo 1045/83. Instituto Mexicano del Seguro Social. 14 de noviembre de 1983. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Héctor Santacruz Fernández.
Registro digital (IUS): 242808