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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242813
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Quinta Parte; Pág. 33

PENSION JUBILATORIA, PAGO DE LA, A LOS BENEFICIARIOS DEL TRABAJADOR FALLECIDO.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 169-174, Quinta Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo directo 1446/82. Brígida Mendoza Lechuga. 18 de abril de 1983. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: J. Tomás Garrido Muñoz. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 91-96, página 37. Amparo directo 1579/76. Magdalena Vargas Sánchez viuda de Vázquez y otros. 9 de agosto de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Carlos Villascán Roldán. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volúmenes 91-96, Quinta Parte, página 37, tesis de rubro "PETROLEROS JUBILADOS, FALLECIMIENTO DE LOS. DESIGNACION NO HECHA DE BENEFICIARIOS DE LA PENSION RELATIVA (CLAUSULA 148, FRACCION III, PARRAFO QUINTO DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO).". Nota: En los Volúmenes 91-96, página 37, la tesis aparece bajo el rubro "PETROLEROS JUBILADOS, FALLECIMIENTO DE LOS, DESIGNACION NO HECHA DE BENEFICIARIOS DE LA PENSION RELATIVA.".
Registro digital (IUS): 242813