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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242840
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 18
DESPIDO, NEGATIVA SIMPLE DEL. IMPIDE OPONER EXCEPCIONES JUSTIFICATIVAS.
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 18
Si un trabajador demanda indemnización constitucional, por haber sido despedido injustificadamente del puesto que desempeñaba y el patrón demandado durante la celebración de la audiencia respectiva se limita a negar el despido no puede oponer como excepciones hechos que traten de justificar el despido que está reclamado.
Precedentes
Amparo directo 8342/81. Comisión Federal de Electricidad, División Zona Villahermosa, Tabasco. 15 de octubre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas. Secretario: Raúl Ortiz Estrada.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 127-132, página 24. Amparo directo 1310/79. Fernando Gutiérrez García y otros. 11 de julio de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: F. Javier Mijangos Navarro.