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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242842
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 23

FERROCARRILEROS, TRANSFERENCIA DE LOS.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 23

Precedentes

Amparo directo 498/82. Felipe Avendaño González. 28 de julio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan Moisés Calleja García. Secretario: Constantino Martínez Espinoza. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 39, página 25. Amparo directo 4649/71. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de marzo de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Registro digital (IUS): 242842