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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242847
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 35

PUESTOS, ACCION PARA RECLAMAR EL OTORGAMIENTO DE. ES INDIVIDUAL Y NO COLECTIVA.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 35

Precedentes

Amparo directo 618/82. Luis Olguín Ramos. 2 de agosto de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 157-162, página 75. Amparo directo 166/81. Enrique Pérez Infante. 6 de abril de de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretaria: María del Rosario Mota Cienfuegos. Volúmenes 157-162, página 75. Amparo directo 1962/80. Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, Sección 34. 15 de octubre de 1980. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Joaquín Dzib Núñez.
Registro digital (IUS): 242847