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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242855
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 49

UTILIDADES, REPARTO DE. REGLAMENTO DE LOS ARTICULOS 121 Y 122 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO. NO ES INCONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 49

Precedentes

Amparo en revisión 2967/80. Campco de México, S.A. de C.V. 24 de noviembre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 139-144, página 59. Amparo en revisión 5613/79. Holiday Inn Mexicana S.A. 26 de noviembre de 1980. Cinco votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Volúmenes 121-126, página 95. Amparo en revisión 4967/78. Ingeniería y Fabricaciones Mecánicas, S.A. 16 de abril de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio.
Registro digital (IUS): 242855