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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242866
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 68

SEGURO SOCIAL, SALARIO DE LOS TRABAJADORES DEL. INTEGRACION.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 68

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 109-114, página 77. Amparo directo 5644/77. Héctor González Reyes y otro. 27 de marzo de 1978. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Miguel Bonilla Solís. Volúmenes 151-156, página 47. Amparo directo 3200/81. Santos Soto Jaime. 25 de noviembre de 1981. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas. Secretario: Jorge Landa. Volúmenes 157-162, página 53. Amparo directo 2462/80. Víctor Manuel Flores Barón. 17 de marzo de 1982. Cinco votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas. Secretario: Raúl Ortiz Estrada. Volúmenes 157-162, página 53. Amparo directo 7446/81. Instituto Mexicano del Seguro Social. 21 de junio de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Rogelio Sánchez Alcauter. Volúmenes 163-168, página 41. Amparo directo 4061/81. Instituto Mexicano del Seguro Social. 11 de agosto de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas. Secretario: Raúl Ortiz Estrada.
Registro digital (IUS): 242866