Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/242867
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242867
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 69
VACANTE TEMPORAL OCUPADA POR UN TRABAJADOR TRANSITORIO QUE SE CONVIERTE EN DEFINITIVA.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 163-168, Quinta Parte; Pág. 69
Cuando el trabajador transitorio está ocupando una vacante temporal, no tiene derecho a seguir ocupando ésta, cuando la misma se vuelve definitiva, pues el concepto por el que exige la vacante ha cambiado y es entonces, de acuerdo con el contrato colectivo de trabajo, que debe ser cubierta aplicándose el reglamento de escalafón que otorga ese derecho al trabajador de planta con mejores derechos y que ocupa el puesto inmediato inferior.
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo CXXII, página 124. Amparo directo 1507/54. Petróleos Mexicanos. 6 de octubre de 1954. Cinco votos. Ponente: La publicación no menciona el nombre del ponente.
Sexta Epoca, Quinta Parte:
Volumen XIV, página 168. Amparo directo 5223/57. Vicente Rodríguez Isaac. 27 de agosto de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Arturo Martínez Adame. Secretario: Manuel Alcaraz Río.
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 157-162, página 81. Amparo directo 6191/72. Juan José Ortega Zafriya. 11 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Euquerio Guerrero López. Secretario: Willebaldo Bazarte Cerdán.
Volúmenes 157-162, página 81. Amparo directo 477/73. Rodolfo Torres Fernández. 24 de abril de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Secretario: Raúl Sánchez Perea.
Volúmenes 163-168, página 51. Amparo directo 3231/82. Jesús Franco. 18 de octubre de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: J. Tomás Garrido Muñoz.