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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242897
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Quinta Parte; Pág. 91

JUBILACION, NO INCREMENTA LA, EL TIEMPO EXTRA OCASIONAL.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Quinta Parte; Pág. 91

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 157-162, página 71. Amparo directo 8834/62. Gregorio Jiménez Gutiérrez. 31 de julio de 1963. Cinco votos. Ponente: Adalberto Padilla Ascencio. Volúmenes 157-162, página 71. Amparo directo 8721/63. Francisco Carlos Sagahon Reyes. 1o. de julio de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Volúmenes 157-162, página 71. Amparo directo 9132/62. Ernesto Vázquez Ferral. 18 de noviembre de 1964. Cinco votos. Ponente: Angel Carvajal. Volúmenes 157-162, página 71. Amparo directo 9859/66. Petróleos Mexicanos. 28 de junio de 1967. Cinco votos. Ponente: Manuel Yáñez Ruiz. Volúmenes 157-162, página 33. Amparo directo 5978/81. Eduardo Fonseca Castro. 3 de marzo de 1982. Cinco votos. Ponente: Julio Sánchez Vargas. Secretaria: María Edith Cervantes Ortiz.
Registro digital (IUS): 242897