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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 242899
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Quinta Parte; Pág. 95
PRUEBAS, FALTA DE APRECIACION DE LAS.
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 157-162, Quinta Parte; Pág. 95
Las partes carecen de interés jurídico para alegar la falta de apreciación de las pruebas de sus contrarios, que no hubieran hecho suyas, en virtud de que no les corresponde cuidar que se estudien esas pruebas.
Precedentes
Séptima Epoca, Quinta Parte:
Volúmenes 157-162, página 74. Amparo directo 2344/72. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de diciembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete.
Volumen 73, página 40. Amparo directo 3650/74. Ramón Méndez Vázquez. 27 de enero de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Roberto Gómez Argüello.
Volúmenes 157-162, página 74. Amparo directo 1244/75. Jesús Solana Huerta. 11 de julio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Volúmenes 157-162, página 74. Amparo directo 4745/74. Luis Raúl Vega López. 21 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Roberto Gómez Argüello.
Volúmenes 157-162, página 44. Amparo directo 4451/81. Félix Juárez Macedo. 25 de enero de 1982. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: David Franco Rodríguez. Secretario: Rogelio Sánchez Alcauter.