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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242919
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 83

ABANDONO DE TRABAJO, CARGA DE LA PRUEBA DEL.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 83

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volúmenes 151-156, página 83. Amparo directo 8080/41. Laudelio Fernández. 20 de febrero de 1942. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Quinta Epoca: Tomo XCIX, página 464. Amparo directo 2537/48. Instituto Mexicano del Seguro Social. 27 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo XCIX, página 2434. Amparo directo 7894/48. López H. Simón. 31 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CI, página 56. Amparo directo 29/49. G. de Castañeda Margarita. 1o. de julio de 1949. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo CXXIV, página 83. Amparo directo 1542/54. Quesería Club, S.A. y coagraviados. 11 de abril de 1955. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 242919