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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
242937
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 95

ANTIGÜEDAD, PRUEBA DE LA.

[J]; 7a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Volumen 151-156, Quinta Parte; Pág. 95

Precedentes

Séptima Epoca, Quinta Parte: Volumen 74, página 14. Amparo directo 3937/74. Ingenio Agua Buena, S.A. 27 de febrero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Volumen 74, página 14. Amparo directo 4608/73. María Elena Cruz García. 27 de febrero de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso López Aparicio. Volumen 76, página 14. Amparo directo 4824/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 2 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Volumen 78, página 14. Amparo directo 5110/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de junio de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Secretario: Roberto Gómez Argüello. Volumen 79, página 13. Amparo directo 5924/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 7 de julio de 1975. Cinco votos. Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Volumen 79, página 13. Amparo directo 5551/74. Ferrocarriles Nacionales de México. 9 de julio de 1975. Cinco votos. Ponente: Ramón Canedo Aldrete. Secretario: Francisco Zapata Mayorga.
Registro digital (IUS): 242937